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El Tribunal Oral en lo Criminal Federal 2 ordenó el decomiso de un patrimonio valuado en $684.990.350.139,86, una cifra récord para un caso de corrupción en la Argentina.
La medida —fechada el 18 de noviembre de 2025— alcanza Cristina Kirchner, Lázaro Báez y a los hijos de la expresidenta, Máximo y Florencia Kirchner, en tanto titulares de activos que, según el fallo, integraron el circuito delictivo o se beneficiaron indirectamente de él.
La sentencia firme emitida en junio de 2025 había establecido un decomiso inicial de poco más de $84.800 millones. Pero la actualización contable realizada por peritos oficiales, fiscales y el Cuerpo de Peritos Contadores de la Corte Suprema llevó al tribunal a fijar la cifra final.
Tras intimar a los condenados sin obtener respuesta, el tribunal dispuso avanzar con la incautación, aplicando el criterio técnico utilizado para calcular la depreciación y el valor real de los inmuebles y operaciones examinadas.
El decomiso no sólo comprende bienes de Báez y sus compañías, sino también propiedades que la exmandataria y Néstor Kirchner transfirieron, permutaron o vendieron al grupo Báez.
Entre ellas figura la cesión del lote 2 de la manzana 801 de Río Gallegos, la permuta por la Quinta Diez A en El Calafate y la venta de al menos nueve inmuebles en Santa Cruz, además de múltiples operaciones comerciales relacionadas con los hoteles Los Sauces y los emprendimientos de Hotesur SA.
Para los jueces, todas estas transacciones formaron parte del mismo flujo económico que permitió materializar el beneficio ilícito.
La medida también contempla la eventual ejecución de bienes pertenecientes a exfuncionarios como Nelson Periotti y José López si el patrimonio inicial no cubriera el monto fijado.
El tribunal enfatiza que el decomiso puede recaer sobre bienes transformados, sustituidos o mezclados con activos lícitos, siempre que exista una vinculación razonable con el delito, y remarca que los sobreseimientos obtenidos en otras causas por Cristina Kirchner no impiden esta medida, dado que se trata de una herramienta destinada a impedir que el crimen produzca beneficios.
En la última página del fallo, el tribunal aclara que todos los bienes alcanzados por la medida quedan a disposición de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que será la encargada de determinar su asignación conforme al reglamento vigente sobre administración de activos recuperados.
Además, el documento especifica que todo inmueble o bien que la Corte decida no incorporar a su patrimonio institucional deberá ser subastado, y el producido de esa venta se aplicará a la reparación del daño ocasionado al Estado y a la sociedad.

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